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Cesantías Definitivas a Beneficiarios de un Docente Fallecido

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Descripción

Se conoce como: Cesantías o Prestación

Obtener el reconocimiento y pago a los beneficiarios del docente que fallece estando en servicio activo, o que habiéndose retirado del servicio no solicitó ni se realizó pago de esta prestación. En caso de no existir los beneficiarios, la pueden reclamar los herederos debidamente reconocidos y conforme a los términos de la sucesión. 

Dirigido a
Tipo de Público
  • Personas

Temas Asociados
  • Educación

  • Pensiones y cesantías

Pasos
Localización

Dirección de dependencia:

Santiago de Cali, Gobernación del Valle del Cauca, Carrera 6 entre Calles 9 y 10, Ventanilla Unica.

Secretaria de Educación,  Piso Mezanine

Teléfono: 6200000 -  1557

 

 

Hora de atención:

Lunes a jueves 7:30 a.m. a 12:30 m y de 1:30 p.m. a 5:30 p.m. 
Viernes 7:30 a 12:00 m y 1:30 p.m. a 4:30 p.m

 

 

Responsable: Zulma Lopez

Tiempo de respuesta: 90 Días Hábiles

Documentos requeridos
  • Cédula de ciudadanía.
  • Registro civil de defunción del educador.
  • Certificado de la entidad que cancelaba las cesantías antes de la creación del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (requerido cuando se cumpla esta condición).
  • Publicación de edictos.
  • Registro civil de nacimiento de educador (debe ser legible).
  • Registro civil de matrimonio o declaración de terceros sobre convivencia (si se solicita para conyuge).
  • Documento de identidad de cada uno de los beneficiarios (es requerido si la solicitud es para pago de estudios de los beneficiarios mayores de 7 años).
  • Registro civil de nacimineto cada uno de los beneficiarios (es requerido cuando es para Cesantias a beneficiarios y se realicionan hijos o cuando es para Educación de los hijos).
  • Declaración extra juicio en donde conste dependencia económica de hermanos menores de 18 años y hermanas mayores del educador (es requerido cuando uno de los beneficiarios es hermano/hermana).
  • Escritura publica de sucesión, en caso de herederos (es requerido cuando exista sucesión).
  • Certificado de cuenta bancaria.               

 

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