Cancelación de la Personería Jurídica de las Organizaciones Comunales de Primero y Segundo Grado
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Paso 1 - Inicio
Trámite
PresencialSe conoce como: Cancelación Existencia y Representación Legal de las Organizaciones Comunales de Primero y Segundo Grado
Dependencia:
Departamento Administrativo de Jurídica
Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organización comunal.
Entidad sin animo de lucro
Pasos y Requisitos :
1 |
Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para realizar el trámite |
2 |
Radicar los documentos requeridos en la ventanilla única, ubicada en el primer (1) piso de la Gobernación del Valle del Cauca. |
3 |
Presentar las aclaraciones si la entidad lo requiere en el segundo (2) piso Departamento de Jurídica, área de Personerías de la Gobernación del Valle del Cauca. |
4 |
Después de validar la información se realiza el Acto Administrativo (Resolución) |
5 |
Se notifica a través de correo electrónico, o correo certificado o telefónicamente. |
6 |
Reclamar el Acto Administrativo de Jurídica en el segundo (2) piso Departamento de Jurídica, área de Personerías de la Gobernación del Valle del Cauca. |
Lugar de atención:
Santiago de Cali, Departamento Administrativo de Jurídica - Personería Jurídica, Carrera 6 entre Calles 9 y 10 Edificio de la Gobernación del Valle Piso 2.
Telefonos: 6200-000 Ext. 2037.
Hora de atención:
Lunes a Jueves de 7:30 AM a 12:30 PM y de 1:30 PM a 5:30 PM
Viernes de 7:30 AM a 12:30 PM y de 1:30 PM a 4:30 PM.
Responsable: Jerson Eduardo Valencia - Director, Ivonne Beatriz Chaverra - Coordinadora de Área.
Tiempo de respuesta: 30 Días Hábiles
- Solicitud de Cancelación de Personería Jurídica: 1 Original(es) - Dirigida a la Secretaría al Departamento Administrativo de Jurídica en el que se Solicite la Cancelación de la Personería por Disolución de la Organización.
- Acta de asamblea: 1 original(es) - Donde se acuerde la disolución de la entidad por motivos tales como: inactividad total de la organización, la imposibilidad de cumplir el objeto social o por necesidad de fusionarse con otra organización comunal vecina.
- Excepción 1: En caso que exista un presunto incumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley y sus reglamentos por parte de un organismo de acción comunal - Decisión de la entidad que ejerce inspección, control y vigilancia: 1 original(es)
Anotaciones adicionales: En la que se evidencie la existencia del presunto incumplimiento. - Constancia de publicación: 1 original(es) - En un diario de amplia circulación, los tres avisos de liquidación con intervalos no menores de 15 días (anexar constancia del diario).
- Acta de liquidación: 1 original(es) - Donde se haga constar el activo, pasivo cancelado y disposición de remanentes.
- Certificación: 1 original(es) - Expedida por el representante legal de la entidad sin ánimo de lucro que reciba el remanente.
- Acta de asamblea: 1 original(es) - De aprobación trabajo de liquidación, firmada por el Presidente y Secretario.
- Enlace a GOV.CO