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Reconocimiento de Personería Jurídica de los Organismos de Acción Comunal de Primer y Segundo Grado

Encuentra los trámites de la autoridad.

Trámite

En línea

Se conoce como: Reconocimiento de Organismos Comunales, Reconocimiento de Juntas de Acción Comunal, Inscripción de Juntas de Acción Comunal

Dependencia:

Departamento Administrativo de Jurídica

Descripción:

Acreditar a las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan. 

Dirigido a
Tipo de Público
  • Entidad sin animo de lucro



Localización
Dirección de dependencia:

Santiago de Cali, Departamento Administrativo de Jurídica - Personería Jurídica, Carrera 6 entre Calles 9 y 10 Edificio de la Gobernación del Valle - Piso 2.


Telefonos: 6200-000 Ext. 2037

 

Hora de atención:

Lunes a Jueves de 7:30 AM  a 5:30 PM. 

Viernes de 7:30 AM a 4:30 PM.

Lugar de pago: En los Bancos de la entidad solicitante - Banco del Occidente

Responsable: Wilson Saa - Subdirector

Tiempo de respuesta: 15 Días Hábiles

Pagos

Requiere Pago: Si

Costo:

Valor: $2.400 "Derechos de reconocimiento de personería jurídica".

valor $ 1.200 "Derechos de Incripcion de Dignatarios".

 

Documentos requeridos
  • Solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica: 1 original(es), 1 Copia(s)
  • Certificación de delimitación de territorio: 1 original(es) - Expedida por la autoridad competente, relacionada con la delimitación del territorio en la cual va a desarrollar su actividad
  • Relación de los afiliados(as) al organismo comunal: 1 original(es) - En la que se detalle el nombre y documento de identificación de cada uno de los afiliados
  • Acta de constitución y de elección de las directivas: 1 copia(s) - Debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General. Adicionalmente, el acta correspondiente a la elección de directivas debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin
  • Estatutos de la organización comunal: 1 copia(s)
  • Acta de aprobación de estatutos: 1 copia(s) - Debidamente suscritas por el presidente y secretario de la Asamblea General
  • Cédula de ciudadanía: 1 fotocopia(s) - Deben anexar fotocopias de cédula de ciudadanía y listados de asistencia para confirmar si hubo o no quorum
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