Atención y Orientación a las Victimas del Conflicto Armado
Encuentra los trámites de la autoridad.
Servicio
PresencialDependencia:
Secretaría de Paz Territorial y Reconciliación
Brindar orientación básica a quienes se consideran víctimas del conflicto armado y, por ende, susceptibles de ser cobijadas por la Ley 1448 de junio 10 de 2011 “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.” y sus decretos reglamentarios, asi como por la Ley 2421 de 2024 “Por la cual modifica la ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones sobre reparación a las victimas del conflicto armando interno” La orientación incluye información sobre los servicios y garantias a las que tiene derecho o que puede encontrar en las distintas entidades y organizaciones encargadas de atender a la población víctima, en los aspectos jurídicos, asistencials, terapéuticos y otros relevantes relacionados; información sobre la ruta para declarar y obtener la inscripción en el Registro Único de Víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas; orientación sobre las entidades a las que pueden dirigirse para obtener asesoría y apoyo; información sobre los trámites y requisitos para hacer efectivos los derechos que le asisten como víctima; entre otros.
Personas Naturales
Dirección de dependencia:
Oficina de Coordinación de Víctimas del Conflicto Armado - Secretaria de Paz Territorial y Reconciliación del Valle del Cauca
Calle 8 # 5 - 70 Barrio La Merced, Edificio Loteria del Valle, Piso 5 Oficina 506
Telefonos: 6200-000 Ext. 2044
pazterritorial@valledelcauca.gov.co
Hora de atención:
Lunes a jueves de 7:30 AM a 12:30 PM y de 1:30 PM a 5:30 PM.
Viernes de 7:30 AM a 12:30 PM y de 1:30 PM a 4:30 PM.
Tiempo de respuesta: Inmediata
1. Acudir a la Oficina de Cordinación de Víctimas del Conflicto Armado de la Secretaria de Paz Territorial y Reconciliación del Valle del Cauca, presencial, por correo electrónico o telefónicamente.
2. Solicitar orientación, de acuerdo con sus necesidades particulares bajo la condición de víctima del conflicto armado.
3. Recibir orientación por parte del funcionario de la Secretaria de Paz Territorial y Reconciliación del Valle del Cauca, encargado del tema objeto de la solicitud.