Impuesto de Loterías Foráneas y sobre Premios de Lotería
Encuentra los trámites de la autoridad.
Trámite
Parcialmente en líneaDependencia:
Unidad administrativa especial de impuestos, rentas y gestión tributaría
Declaración y pago que deben realizar las empresas de lotería u operadores autorizados a favor de los departamentos y distritos por la venta de loterías foráneas y sobre premios de lotería
Personas Naturales
Empresas
Impuestos
Dirección de dependencia:
Santiago de Cali, Unidad Administrativa Especial de Impuestos Rentas y Gestión Tributaria - Subgerencia de Gestión de Fiscalización - Otras Rentas, Carrera 6 entre Calles 9 y 10 Edificio de la Gobernación del Valle - Piso 1.
Telefono: 6200000 Ext. 1959
Hora de atención:
Lunes a jueves de 7:30 AM a 12:30 PM y de 1:30 PM a 5:30 PM
Viernes de 7:30 AM a 12:30 PM y de 1:30 PM a 4:30 PM
Responsable: Subgerente de Gestión de Fiscalización
Tiempo de respuesta: Inmediata
Requiere Pago: Si
Costo:
Sobre la venta de billetes de loterías foráneas será el 10% del valor nominal de cada billete o fracción que se venda en el Departamento del Valle del Cauca, según tarifa Artículo 130 Ordenanza 474 de 2017.
A los ganadores de premios de lotería, se les descontara el 17% sobre el valor nominal del premio.
Pasos y Requerimientos :
1 |
Diligenciar e imprimir el formulario, de la siguiente manera:
|
2 |
Presentar la declaración y pagar en las entidades financieras autorizadas. |