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Reconocimiento de Personería Jurídica de Fundaciones, Corporaciones y/o Asociaciones de Utilidad Común y/o sin Ánimo de Lucro

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Presencial
Descripción

Se conoce como: Legalización de Personería Jurídica

Identificación legal para ejercer derechos y contraer obligaciones y ser representadas judicial y extrajudicialmente, sujeto a las disposiciones legales y a sus propios estatutos. El reconocimiento de personería jurídica se otorga a cuerpos de bomberos voluntarios o instituciones de educación formal que tengan su domicilio principal en la jurisdicción del departamento del Valle de Cauca.

Dirigido a
Tipo de Público
  • Entidad sin animo de lucro

Temas Asociados
  • Trabajo

Pasos
Localización

Dirección de dependencia:

Santiago de Cali, Departamento Administrativo de Jurídica - Personería Jurídica, Carrera 6 entre Calles 9 y 10 Edificio de la Gobernación del Valle - Piso 2.


Telefonos: 6200-000 Ext. 2037

 

Hora de atención:

Lunes a Jueves de 7:30 AM a 5:30 PM. 

Viernes de 7:30 AM  a 4:30 PM.

Lugar de pago: En los Bancos de la entidad solicitante - En el Sótano de la Gobernación del Valle, Imprenta Departamental - Banco de Occidente

Responsable: Wilson Saa - Subdirector

Tiempo de respuesta: 30 Días Hábiles

Pagos

Requiere Pago: Si

Costo:

Valor: $27.300 "Derechos de reconocimiento de personería jurídica" 

Documentos requeridos
  • Carta de solicitud: 1 original(es) - Anotaciones adicionales: Firmada por el Representante Legal, que contenga la siguiente información: Fecha de la solicitud,
    Nombre, domicilio, dirección, teléfono, si lo tiene, de la entidad, Nombres, apellidos y número del documento de identidad de quien asumirá la representación legal de la entidad, así como la dirección y el teléfono de éste.
  • Acta de constitución: 1 copia(s) - La cual debe contener: Lugar, fecha y hora de la celebración de la Asamblea Constitutiva, nombres, apellidos e identificación de quienes se asocian, bien sea que concurran personalmente o por medio de apoderado, aprobación de los estatutos, relación de los asuntos discutidos y aprobados por la mayoría de los participantes, elección de la Directiva Provisional con indicación de sus cargos y de las facultades con que queda investida, para efectos de obtener el reconocimiento de la personería jurídica, indicación de la persona que tenga la representación legal provisional
  • Estatutos de la entidad: 1 copia(s) - Firmados por el presidente y el secretario o quien haga sus veces
  • Certificación que acredite la efectividad de los aportes: 1 original(es) - Suscrita por quienes hayan sido designados para ejercer la representación legal y la revisoría fiscal
  • Verificación institución - La institución competente verificará que los estatutos de la institución se someten a las normas del sistema de salud, en cuanto a la prestación del servicio de conformidad con las ley 9 de 1979 y demás normas legales sobre la materia
  • Verificación institución -La institución municipal o departamental verificará que los fines y la organización respectiva no sean contrarios a la moral, a las buenas costumbres ni a la ley

  • Excepción 1: En caso de fundaciones, corporaciones y/o asociaciones sin ánimo de lucro en áreas de la salud , Estudios de factibilidad: 1 original(es) - Para las instalaciones que presten el servicio público de salud, con el fin de establecer el cumplimiento de las condiciones de calidad tecnológica y científica para la atención médica, con suficiencia patrimonial y capacidad técnico - administrativa

  • Poder debidamente otorgado: 1 original(es) - Si la solicitud se realiza mediante apoderado

  • Actas de las sesiones: 1 original(es) - Donde conste la constitución de la institución, la elección o designación del representante legal y de los demás dignatarios y la aprobación de los estatutos suscritas por el presidente y el secretario.
Enlaces

 


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